AYUDAS A EMPRESAS Y AUTÓNOMOS LOCALES 2021.
En el Pleno Extraordinario celebrado el día 12 de Noviembre del presente mes, se aprobaron las bases de estas ayudas.
Felisa Cañete, Alcaldesa de Luque expuso al Pleno que el objeto de las citadas bases es la regulación de la convocatoria y concesión de las ayudas económicas que el Ayuntamiento de Luque, a través de la Delegación de Promoción y Desarrollo Económico, podrá otorgar a fin de colaborar en la financiación de las empresas erradicadas en el término municipal de Luque por inversiones realizadas en la renovación de la imagen de los establecimientos comerciales, medidas de prevención, seguridad e higiene y la incorporación de nuevas tecnologías, innovación y sostenibilidad, paliando en parte, las consecuencias económicas derivadas de las restricciones ocasionadas por la pandemia del COVID-19.
Las líneas objeto de ayudas son las definidas en el apartado 2º del artículo 2 de las bases objeto del presente:
1 Renovación de la imagen del establecimiento comercial:
a Adecuación del interior de los locales comerciales.
b Reformas realizadas para la eliminación de barreras arquitectónicas que faciliten el acceso
de las personas con movilidad reducida.
c Rótulos, toldos, marquesinas comerciales y productos similares.
d Mobiliario
2 Medidas de prevención, seguridad e higiene.
a Alarmas y sistemas de seguridad.
b Instalación y equipamiento contra incendios.
c Tratamientos por personal cualificado de control de plagas.
d Tratamientos por personal cualificado de higienización de espacios en la lucha contra la COVID
e Instalación de mamparas y/o adquisición de equipos o sistemas de desinfección.
3 Incorporación de nuevas tecnologías, innovación y sostenibilidad.
a Instalación del comercio electrónico, …
b Programas de gestión, contabilidad, facturación….
c Terminal del Punto de Venta (TPV), sistemas de codificación y lectura óptica de productos, implantación de etiquetas electrónicas y similares
d Adquisición de maquinaria profesional necesaria para su actividad.
e Instalación de sistemas de sensores de domótica.
f Actuaciones dirigidas a potenciar una economía baja en carbono y la mejora energética y sostenibilidad.
Podrán ser beneficiarios las personas físicas o jurídicas, incluidas las comunidades de bienes según los términos establecidos en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y que cumplan con la consideración de trabajador autónomo o microempresa (empresa que ocupa a menos de 10 trabajadores y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 2 millones de euros) y cuya actividad no sea la agricultura.
Estas ayudas se concederán a las actuaciones, adquisiciones y/o adecuaciones realizadas conforme al artículo 1 de las presentes bases, que se hayan realizado y/o realicen desde 1 de diciembre de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2021.
El plazo de presentación de solicitudes será el comprendido entre el día de aprobación de las bases y el 31 de diciembre de 2021.